viernes, 13 de julio de 2012

Pleno de 13 de abril


SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DE LA CORPORACIÓN CELEBRADA EN PRIMERA CONVOCATORIA EL DÍA 13 DE ABRIL DE 2007. 
En el Salón de actos del Centro de Servicios Sociales Comunitarios de Villanueva Mesía, a las veinte horas del día trece de abril de dos mil siete, se ha reunido el Ayuntamiento Pleno, bajo la presidencia del Sr. Alcalde, Don José Entrena Ávila, concurriendo los Sres. Concejales Doña Angelina Lourdes Ayllón Muñoz, Don Antonio José Arco Sánchez, Don Antonio Miguel Castro Maldonado, Don Juan Fuentes Gómez, Doña Ángeles Gómez Gutiérrez, Don Francisco Márquez Naranjo y Don José Antonio Verdejo Cobos, asistidos por el Secretario de la Corporación, Don Rafael Martín Hoces, que da fe del acto, al objeto de celebrar sesión extraordinaria en primera convocatoria. 
No ha justificado su ausencia Dª Ana Isabel Rico Sánchez. 
Declarada abierta la sesión por el Sr. Presidente y comprobada por el Secretario la existencia del quórum de asistencia necesario para que pueda ser iniciada, se procede a conocer de los siguientes asuntos incluidos en el orden del día de la convocatoria. 
ASUNTO 1º.- LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.- 
Por la Presidencia se pregunta a los asistentes si tienen que formular alguna observación al acta de la sesión anterior, celebrada el día 9-03-2007, que se ha distribuido con la convocatoria de la presente. 
No formulándose ninguna , el Sr. Presidente proclama aprobada por unanimidad el acta de la sesión citada, ordenando su trascripción al Libro de Actas según lo dispuesto por el artículo 110.2 del Real Decreto 2.568/1.986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el R.O.F. 
ASUNTO 2º.- COMUNICACIONES DE ESCRITOS. 
Se da cuenta de los siguientes escritos de interés recibidos a la fecha: 
• BOJA núm. 61, de fecha 14 de febrero de 2007, en el que se publica el Plan Especial de Protección del Medio Físico de Granada. 
• Decreto de Alcaldía del día 14 de marzo 2007, acordando la incoación del pertinente expediente administrativo para la provisión del cargo de Juez de Paz Sustituto, de este término municipal, conforme a lo dispuesto por el Reglamento 3/1995 de 7 de junio, de los Jueces de Paz. 
• Por el Concejal de Medio Ambiente, Sr. Fuentes Gómez, se informa que la Diputación de Granada, a través de la Agencia Provincial de la Energía y con la colaboración de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, pretende desarrollar un plan en materia energética dirigido a los Ayuntamientos de la provincia denominado “AUD-GRA”, siendo una de las actuaciones del Plan la elaboración de “Planes de Optimización Energética en 84 municipios de la provincial de Granada” (POEs), que permitan el establecimiento de una planificación energética municipal, con la misión de optimizar los consumos energéticos del patrimonio municipal (instalaciones deportivas, asistenciales, sociales, culturales, consistorios, parque móvil, maquinaria de obras,...) y con los objetivos específicos de: 
1.- Reducir la dependencia energética de los municipios de la provincia de Granada, diversificando el suministro y potenciando los recursos autóctonos. 
2.- Potenciar la imagen de cada municipio como comprometido con el medio ambiente, reduciendo el impacto ambiental asociado al uso energético. 
3.- Reducir la facturación energética de los Ayuntamientos, a través del traslado del ahorro energético a ahorro económico. 
4.- Reforzar el efecto demostrativo de las Corporaciones Locales en materia de ahorro, eficiencia energética y de utilización de energías renovables, concienciando a la población de la importancia de la energía, así como la capacidad de generación de empleo y riqueza a nivel local. 
Añade que, dentro del programa de concertación de Diputación de Granada para 2006, al que se ha acogido el municipio de Villanueva Mesía, se ha realizado, por la empresa adjudicataria Omicron-Amepro, una Auditoria Energética en las dependencias municipales durante el año 2006 y en función de los resultados obtenidos, han diseñado una serie de actuaciones sobre temas como alumbrado público, iluminación de centros e instalaciones municipales, optimización de la factura eléctrica, etc. y se estudia la rentabilidad económica de la puesta en práctica de estas medidas y la utilización de fuentes de energía renovables. 
Señala dicho estudio, continúa diciendo, que si analizamos detalladamente las acciones previstas, para un periodo de retorno simple adecuado, podríamos obtener los siguientes datos: 
• Ahorro energético: El ahorro energético que alcanzaría el municipio, de realizarse todas las acciones previstas, es próximo al 38.41 % . 
• Ahorros Económicos: En la actualidad, el coste económico de los consumos energéticos de los edificios y elementos municipales es de 38.379,16 € . Si ejecutamos todas las acciones propuestas en el Plan de actuación, tendremos un ahorro económico total cercano al 63.13 % . 
• Las inversiones: Las inversiones derivadas de la ejecución de las medidas y acciones contempladas en el Plan se reflejan en el cuadro que se adjunta, siendo necesarias inversiones por valor de 55.691,31 € para la ejecución de todas las acciones. 
• Incidencia en el medio ambiente: Con la ejecución de las acciones derivadas del Plan, conseguiremos una importante mejora ambiental, que se traduce directamente en una menor emisión de anhídrido carbónico a nuestra atmósfera. En el momento actual, las emisiones de CO 2 derivadas del consumo energético municipal de este Ayuntamiento es de 289,84 Tn./año . Si ejecutamos todas las acciones propuestas en el Plan, tendremos una reducción de CO 2 cercana al 47,3 % . 
Concedida la palabra al portavoz del PSA, Sr. Verdejo Cobos, comenta que se tenga en cuenta el resultado la Auditoría y sus propuestas de acción. 
ASUNTO 3º .- RATIFICACIÓN RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA DE 9 DE MARZO DE 2007 DE PERSONACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO 872/2006 DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 6 DE GRANADA. 
EL Pleno de la Corporación, por unanimidad de los ocho Concejales presentes de los nueve que legalmente lo componen, ratifica la Resolución de Alcaldía, de fecha 09-03-2007, que dice: 
“ Con fecha 9 de marzo de 2007 y bajo el número 251, tuvo entrada en el Registro General de este Ayuntamiento, escrito del Juzgado de lo Social número 6 de Granada, trasladando, dentro del procedimiento núm. 872/06, AUTO dictado con fecha cuatro de enero de 2007, admitiendo a trámite demanda de RECLAMACIÓN DE CANTIDAD (12.199,51 euros) a instancia de RAFAEL ENTRENA CANO contra este Ayuntamiento, que se acompaña y CEDULA DE CITACIÓN, a esta Entidad, para la celebración de los actos de conciliación y juicio en su caso, para el próximo día 13 de julio de 2007, a las 10,25 horas. 
A la vista de ello, y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 21. 1 k) de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en redacción dada por la Ley 11/1.999, de 21 de abril, RESUELVO: 
Primero. - Personarse en el procedimiento 872/06 del Juzgado de lo Social número 6 de Granada. 
Segundo. - Solicitar de la Diputación Provincial de Granada que, por los Letrados del Servicio de Asistencia Jurídica a Municipios de esa Corporación, se represente y defienda al Ayuntamiento de Villanueva Mesía en el mencionado Recurso. 
Tercero. - Dar traslado de esta Resolución a la Diputación de Granada a los efectos procedentes. 
Cuarto. - Dar cuenta de ello al Pleno en la primera sesión que este celebre”. 
ASUNTO 4º .- RATIFICACIÓN RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA DE 9 DE MARZO DE 2007 DE PERSONACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO 873/2006 DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 6 DE GRANADA. 
EL Pleno de la Corporación, por unanimidad de los ocho Concejales presentes de los nueve que legalmente lo componen, ratifica la Resolución de Alcaldía, de fecha 09-03-2007, que dice: 
“Con fecha 9 de marzo de 2007 y bajo el número 250, tuvo entrada en el Registro General de este Ayuntamiento, escrito del Juzgado de lo Social número 6 de Granada, trasladando, dentro del procedimiento núm. 873/06, AUTO dictado con fecha cuatro de enero de 2007, admitiendo a trámite demanda en RECLAMACIÓN DE DERECHOS EN MATERIA DE DECLARACIÓN DE FIJEZA, RECONOCIMIENTO DE ANTIGÜEDAD, RECONOCIMIENTO DE JORNADA COMPLETA Y CATEGORÍA PROFESIONAL a instancia de RAFAEL ENTRENA CANO contra este Ayuntamiento, que se acompaña y CEDULA DE CITACIÓN, a esta Entidad, para la celebración de los actos de conciliación y juicio en su caso, para el próximo día 13 de julio de 2007, a las10,10 horas. 
A la vista de ello, y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 21. 1 k) de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en redacción dada por la Ley 11/1.999, de 21 de abril, RESUELVO: 
Primero .- Personarse en el procedimiento 873/06 del Juzgado de lo Social número 6 de Granada. 
Segundo .- Solicitar de la Diputación Provincial de Granada que, por los Letrados del Servicio de Asistencia Jurídica a Municipios de esa Corporación, se represente y defienda al Ayuntamiento de Villanueva Mesía en el mencionado Recurso. 
Tercero .- Dar traslado de esta Resolución a la Diputación de Granada a los efectos procedentes. 
Cuarto .- Dar cuenta de ello al Pleno en la primera sesión que este celebre”. 
ASUNTO 5º .- APROBACIÓN PRESUPUESTO GENERAL MUNICIPAL Y PLANTILLA PRESUPUESTARIA PARA 2007. 
A propuesta de la Presidencia se deja el asunto sobre la mesa para la siguiente sesión plenaria. 
ASUNTO 6º.- APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚM. 1/2006. 
Dada cuenta del expediente incoado, por este Ayuntamiento, para la Modificación Puntual núm. 1/2006 del PGOU de Villanueva Mesía, al amparo de los art. 36 y 38 de la Ley 7/2.002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) y teniendo en cuenta los siguientes 
ANTECEDENTES 
Que este ayuntamiento pleno, en sesión celebrada el pasado día 27-10-2006, aprobaba, inicialmente, esta Modificación Puntual en la forma que consta en el expediente, por cuanto sus determinaciones son acordes con la LOUA, el Reglamento de Planeamiento Urbanístico y el mismo PGOU. 
Que el expediente ha sido sometido a información pública por un período de UN MES, mediante la inserción de anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 215, de fecha 13 de noviembre de 2006, en el Diario Ideal de Granada del día 6 de noviembre de 2006 y Tablón de Anuncios de la Corporación, sin que durante el mismo se haya formulado reclamación alguna como consta en la certificación expedida por el Secretario-Interventor de la Corporación, de fecha 14 de diciembre de 2006. 
Que solicitado informe de la Consejería de Medio Ambiente, Delegación Provincial de Granada, con fecha 09 de marzo de 2007, informa que la actuación que contempla esta modificación puntual no se somete al trámite de Evaluación de Impacto Ambiental , como consta. 
Que asimismo se da cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 31.2.C y 32.1.3ª de la LOUA y 14.1, c) del Decreto 193/2003, sobre competencias de la Administración Andaluza en Urbanismo y Ordenación del Territorio (hoy artículo 14.2, b) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo (BOJA núm. 10, de 15-01-2007)), elevando el expediente administrativo y el documento que contiene la Modificación Puntual a la Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes, la cual, con fecha 14-03-2007, informa favorablemente la propuesta con las observaciones que después se dirán. 
FUNDAMENTOS 
Primero .- Que el art. 36 de la LOUA señala que la innovación de la ordenación establecida por los instrumentos de planeamiento se podrá llevar a cabo mediante su revisión o modificación, observando iguales determinaciones y procedimiento regulados para su aprobación, publicidad y publicación y teniendo idénticos efectos. 
Segundo.- En relación con las observaciones planteadas, manifestar lo siguiente: 
• PROPUESTA: Rectificación y nueva redacción del apartado 1 y 1.b) del artículo 3.1.10 del PGOU. Instalaciones de Utilidad Pública o Interés Social: 
1. La declaración de utilidad pública e interés social será de aplicación a los usos permitidos en cada categoría de suelo no urbanizable y de acuerdo con la legislación vigente. No obstante, quedarán sujetos a los siguientes límites: 
Se completará: 
b) Unidad Mínima de Actuación para actividades compatibles: 5.000 m2, excepto cuando se trate de instalaciones de infraestructuras urbanas básicas de energía eléctrica, telefonía y gas, así como estaciones de servicio o unidades de suministro, que se podrán autorizar con la superficie mínima edificada que necesiten. 
OBSERVACIÓN: La Delegación la estima correcta, “excepto lo relativo a las estaciones de servicio y unidades de suministro, porque estas instalaciones no son actuaciones infraestructurales”. 
El Ayuntamiento discrepa con esa observación. Considera que la Delegación ha hecho una lectura errónea de la nueva redacción. Evidentemente, las estaciones de servicio y las unidades de suministro no son actuaciones infraestructurales, por eso se enumeran las infraestructuras urbanas afectadas por la propuesta y a continuación, se añade las estaciones de servicios no con una conjunción, sino con la locución adverbial “así como” por tratarse de un equipamiento y no una infraestructura urbana. 
SOLUCIÓN ADOPTADA: Mantener la propuesta con la siguiente redacción: 
b) Unidad Mínima de Actuación para actividades compatibles: 5.000 m2, excepto cuando se trate de instalaciones de infraestructuras urbanas básicas de energía eléctrica, telefonía y gas, así como estaciones de servicio o unidades de suministro, que se podrán autorizar con la superficie mínima edificada que necesiten. 
• PROPUESTA: Nueva redacción del artículo 3.4.1 del PGOU. 
2. La ocupación máxima será del 20 % de la superficie total de la parcela. No obstante, cuando la ocupación de todas las instalaciones supere los 500 m2, se precisará de la tramitación de un Plan Especial. 
OBSERVACIÓN: la Delegación Provincial No considera justificada la exigencia del trámite del Plan Especial si no reúne las condiciones requeridas para su formulación en el artículo 42 de la 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía. 
SOLUCIÓN ADOPTADA: De acuerdo con la observación, se suprime todo el párrafo a partir del punto y queda redactado de la siguiente forma: 
2. La ocupación máxima será del 20 % de la superficie total de la parcela. 
• PROPUESTA: 1.3.4.- Corrección de error en la trama junto UE. 1 / 2 
Propuesta: Se trata de un suelo urbano consolidado que fue urbanizado con anterioridad a la entrada en vigor del PGOU. Se observa que el tramado en las manzanas en el entorno de la unidad de ejecución nº 2 corresponde a la calificación de nuevos desarrollos, debiendo corresponder a la de CASCO URBANO . 
OBSERVACIÓN: La Delegación no lo considera como error sino como “un cambio de ordenanza que conlleva un aumento de la edificabilidad para lo que deberán establecerse las medidas compensatorias en proporción al aumento del aprovechamiento del área afectada” 
El Ayuntamiento discrepa con esa observación y sigue manteniendo que ha sido un error marcar esos terrenos con la misma trama y calificación que los nuevos desarrollos, porque hoy son solares en su mayoría edificados con licencias urbanísticas y además existe constancia en esta entidad que, con anterioridad a la aprobación del PGOU de Villanueva Mesía, se aprobó el correspondiente instrumento de equidistribución de cargas y gravámenes de los terrenos en cuestión y de urbanización. Por tanto, se trata de un terreno urbano consolidado, que no precisa medidas compensatorias. Mantener lo contrario, sería penalizar a los adquirentes de buena fe de las fincas de resultado amparados por la protección registral del artículo 34 de la Ley Hipotecaria y normativa complementaria. 
SOLUCIÓN ADOPTADA: EL tramado en las manzanas en el entrono de la UE-1 y UE-2 es de CASCO URBANO. 
Tercero.- Que la presente modificación no supone una alteración ni integral ni sustancial de la ordenación estructural del instrumento de planeamiento vigente, ni con carácter general ni parcial, todo ello de conformidad con lo establecido en los art. 37 y 38 de la LOUA, ni prevé actuaciones que puedan considerarse un elemento que afecte potencialmente al medio ambiente según establece en el punto 20 del Anexo del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental, Decreto 292/1995 de 12 de diciembre, por lo que no se hace precisa la redacción del correspondiente Estudio de Impacto Ambiental, ni tampoco tiene la consideración de una actividad con incidencia en el territorio tal y como se mencionan en el Anexo II de la Ley 1/1994, de 11 de Enero de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, como Actividades de Intervención Singular (apartado 12°). 
Cuarto.- Que la presente modificación contiene la documentación exigida por el art. 19 de la LOUA y se ha dado cumplimiento a los trámites preceptivos. 
Quinto.- Que este Ayuntamiento Pleno es competente para la aprobación definitiva de esta Modificación, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 31 y 32 de la LOUA; 22 c) y 47. 2 ll) de la Ley 7/1985, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. 
En su virtud, el Pleno de la Corporación, vistas las disposiciones precedentes; los artículos 128 en relación con el 151.2 del RD 2159/1978 por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento Urbanístico, de aplicación supletoria según dispone la Disposición Adicional Novena de la LOUA; 40 y 41 de la LOUA; Decreto 2/2004, de 7 de enero (BOJA núm. 6, de 12-01-2004), por el que se regulan los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, y se crea el Registro Autonómico y demás normas de aplicación y el informe favorable del Secretario-Interventor de la Corporación, en votación ordinaria, por unanimidad de los ocho Concejales presentes de los nueve que legalmente lo componen, y, por tanto mayoría absoluta, ACUERDA: 
Primero.- Aprobar definitivamente la Modificación Puntual núm. 1/2006 del PGOU de Villanueva Mesía en los términos en que está formulada, con la incorporación de la observación estimada, por cuanto sus determinaciones son acordes con la LOUA, el Reglamento de Planeamiento Urbanístico y el PGOU. 
Segundo.- Publicar este acuerdo así como el contenido del articulado de sus normas en el Boletín Oficial de la Provincia. Así mismo, deposítese e inscríbase en el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados para su custodia y consulta. Remítase, igualmente, al Registro Administrativo de la Consejería de Obras Públicas y Transportes el instrumento de planeamiento aprobado de conformidad con lo dispuesto por art. 40.2 de la LOUA 
Tercero.- Facultar al Sr. Alcalde, tan ampliamente como en derecho se requiera, para la efectividad de este acuerdo. 
ASUNTO 7º .- PROGRAMA REHABILITACIÓN AUTONÓMICA 2007: BAREMACIÓN Y APROBACIÓN INICIAL RELACIONES PREFERENCIALES DE SOLICITUDES DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS. 
El Consejo de Gobierno de la Comunidad Andaluza, mediante Decreto 149/2003, de 10 de junio, aprueba el Plan Andaluz de Viviendas y Suelo 2003-2007. Dicho Plan integra, entre otros, el Programa de Rehabilitación Autonómica, el cual tiene por objeto la protección y financiación de actuaciones de conservación y mejora en viviendas y sus elementos comunes, ubicadas en inmuebles cuyo destino principal sea su residencia habitual y permanente, y se encuentren en localización urbana o rural, en Municipios declarados de Rehabilitación. 
A su amparo, este Ayuntamiento Pleno, en virtud del acuerdo de 27-10-2006, solicita de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, la Declaración de Municipio de Rehabilitación Autonómica con motivo de la existencia de un considerable número de viviendas de baja calidad en cuanto a procedimientos constructivos y condiciones de habitabilidad, propiedad de niveles de renta baja. 
Por Resolución del Director General de Arquitectura y Vivienda de fecha 29 de enero de 2007, se aprueba dicho Programa incluyendo a nuestro Municipio, y lo declara como de Rehabilitación Autonómica por el Programa 2007. 
De acuerdo con la normativa por la que se regula este programa, esta Alcaldía dispone lo precedente en orden a que, dentro del plazo que se fija en la citada Resolución, desde el día 1 hasta el 31 de marzo, ambos inclusive, los particulares interesados en obtener los beneficios establecidos en el mentado Decreto 149/2003, de 10 de junio, presenten sus solicitudes. 
Una vez concluido el plazo de presentación, se procede a analizar la documentación aportada y se comprueba, como consta en el expediente, por certificaciones acreditativas expedidas por el Secretario-Interventor y del Arquitecto Técnico Municipal respectivamente, que las solicitudes presentadas están dentro del plazo abierto al efecto y cumplen los requisitos establecidos en el artículo 66 del Decreto 149/2003, de 10 de junio, y que las viviendas para las que se solicitan los beneficios del Programa cumplen las condiciones establecidas en ese mismo artículo. 
En su virtud, el Pleno de la Corporación, vistos los artículos precedentes y demás normas de aplicación y tenidos en cuenta los criterios de prioridad establecidos en el artículo 66 del Decreto 149/2003, de 10 de junio así como las condiciones socioeconómicas de los solicitantes, por unanimidad de los ochos concejales presentes de los nueve que legalmente lo componen, ACUERDA: 
Primero.- Aprobar y clasificar por orden de preferencia, la siguiente relación de beneficiarios del Programa de Rehabilitación Autonómica 2007, de este término municipal:
NÚM.DE ORDEN
APELLIDOS Y NOMBRE
TARJETA JUNTA/65 AÑOS
MODALIDAD ORO
1
CALVO SÁNCHEZ JUAN MANUEL
NO
2
SÁNCHEZ JIMÉNEZ ENCARNACIÓN
NO
3
LIÑÁN AVILÉS MARÍA
NO
4
JIMÉNEZ PÉREZ ANA
NO
5
RODRÍGUEZ GONZÁLEZ ANTONIO
NO
6
SÁNCHEZ MÁRQUEZ ENCARNACIÓN
NO
7
COBOS CÁCERES ROSA
NO
8
MORENO JIMÉNEZ AURELIO
NO
Segundo: Aceptar la consideración de Entidad Colaboradora para la entrega y distribución de las ayudas a los beneficiarios, a los efectos previstos en el artículo 106 de la Ley 5/1.983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía. 
Tercero .- Publicar la relación aprobada de admitidos y excluidos, por orden de preferencia, en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y sitios de costumbre, durante un período de QUINCE DÍAS NATURALES, para que, por parte interesada, se presenten las reclamaciones y objeciones que procedan, debiendo ser resueltas por esta Corporación; transcurrido dicho período sin que se formulen reclamaciones, se elevará a definitivo este acuerdo, hasta entonces provisional. 
Cuarto.- Facultar al Sr. Alcalde, tan ampliamente como en derecho se requiera, para que continúe con el expediente hasta su conclusión . 
ASUNTO 8º.- PROGRAMA DE FOMENTO DE EMPLEO AGRARIO 2007: SOLICITUD DE INCLUSIÓN DE OBRAS. 
Se da cuenta de la comunicación del Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) sobre los créditos disponibles a favor de las Corporaciones Locales, destinados a la formalización de Convenios contra el paro (Asignación Ordinaria 2007), a fin de subvencionar la contratación de trabajadores desempleados y que están afectados al Programa de Fomento de Empleo Agrario. 
Vista y examinada la Memoria-Presupuesto de la obra a incluir en dicho Convenio, elaborada por la Unidad de Asistencia Técnica a Municipios de la Diputación de Granada, cuyo presupuesto total asciende a 173.802,98 euros, así como la Orden Ministerial de 26-10-1998, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones por el INEM en el ámbito de colaboración con las Corporaciones Locales, para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social (B.O.E. nº 279, de 21-11-1998); Resolución de 30-03-1999, del INEM, que la desarrolla (B.O.E. nº 88, de 13-04-1.999); y la Orden de 27 de septiembre de 1.999 de la Consejería de Gobernación (B.O.J.A. nº 121, de 19-10-1999). 
La Corporación en Pleno, por unanimidad de los ocho concejales presentes de los nueve que legalmente la componen, acuerda: 
Primero.- Aprobar el proyecto redactado por la Unidad de Asistencia Técnica a Municipios de la Diputación de Granada, así como su realización por administración directa, dado el fin de estos fondos de combatir el desempleo. La Memoria, que queda afectada al Programa de Fomento de Empleo Agrario, es la siguiente:
OBRAS
PRESUPUESTO/€
Obras de Infraestructura 2007: ………………
173.802,98 euros
Segundo.- Acogerse a los beneficios establecidos en la Orden Ministerial de fecha 26-10-1998 y solicitar del Sr. Director Provincial del SPEE, que subvencione a fondo perdido los Costes Salariales y Cotizaciones empresariales a la Seguridad Social correspondiente a los trabajadores contratados, a saber:
OBRAS
PRESUPUESTO/€
Obras de Infraestructura 2007: …………
120.127,00 euros
Tercero .- Solicitar de la Junta de Andalucía y de la Diputación Provincial, al amparo del Decreto 27 de septiembre de 1.999, de la Consejería de Gobernación y Justicia, por el que se regula la concesión de ayudas a los proyectos de obras a ejecutar en Convenio con el SPEE, que subvencione el 100 por 100 de los materiales a emplear en la ejecución de dichas obras, y que asciende a:
OBRAS
PRESUPUESTO/€
Obras de Infraestructura 2007: ……
48.050,80 euros
Cuarto .- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 y 31 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se declaran como CRÉDITOS RETENIDOS, pendientes de utilizar, los contenidos en la partida 3.611.01 del Estado de Gastos del vigente Presupuesto General Municipal, por importe de 6.402,84 euros, quedando afectados al cumplimiento de la aportación municipal a la obra de referencia. 
ASUNTO 9º.- SOLICITUD SUBVENCIÓN DE LA CONSEJERÍA DE CULTURA PARA REFORMA DE BIBLIOTECA. 
Dada cuenta de la Orden de 15 de marzo de 2.006 de la Consejería de Cultura (BOJA núm. 63, de 03-04-2006), por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a los municipios de Andalucía para la mejora de las bibliotecas públicas de titularidad municipal. 
Visto y examinado el Proyecto Técnico elaborado por el Servicio de Asistencia Técnica de Diputación de Granada, con un presupuesto de ejecución de 99.870,75 euros, en el que constan las necesidades prioritarias que se pretenden llevar a cabo y de los objetivos que se proyectan. 
El Pleno de la Corporación, por unanimidad de los ocho Concejales presentes de los nueve que legalmente lo componen, ACUERDA: 
Primero .- Acogerse a los beneficios establecidos por la citada Orden de 15 de marzo de 2.006 de la Consejería de Cultura. 
Segundo .- Aprobar la siguiente Memoria-Presupuesto: 
“Rehabilitación antigua Casa Consistorial para Biblioteca Pública Municipal”. 
Tercero .- Solicitar a la Consejería de Cultura una subvención de 99.870,75 euros. 
Cuarto .- Compromiso de aportar, en su caso, la parte que no resulte subvencionable. 
Quinto .- Compromiso de mantener el servicio bibliotecario y la contratación de personal para atenderlo. 
Sexto .- Comprometerse al cumplimiento de las demás obligaciones establecidas en la Orden reguladora y demás normativa de aplicación. 
Séptimo.- Facultar ampliamente al Sr. Alcalde para la efectividad de este acuerdo y la firma de cuantos documentos ello precisase. 
ASUNTO 10º.- S OLICITUD SUBVENCIÓN DE LA CONSEJERÍA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES: PERSONAS MAYORES.
Dada cuenta de la Orden de 15 de febrero de 2007, de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social (BOJA núm. 53, de 15-03-2007), por la que se regulan y convocan subvenciones en el ámbito de la Consejería para el año 2007. 
Vistas y examinadas la Memorias elaborada sobre las necesidades prioritarias que se pretenden llevar a cabo y de los objetivos que se proyectan, la cual consta en el expediente. 
El Pleno de la Corporación, por unanimidad de los ocho Concejales presentes de los nueve que legalmente lo componen, ACUERDA: 
Primero .- Acogerse a los beneficios establecidos por Orden de 15 de febrero de 2007, de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, por la que se regulan y convocan subvenciones en el ámbito de la Consejería para el año 2007. 
Segundo .- Aprobar las siguientes Memorias-Presupuestos: 
• REFORMA: “Hogar del Pensionista”. Presupuesto: ……………....30.021,99 euros. 
• EQUIPAMIENTO: “Hogar del Pensionista”. Presupuesto: ……….. 365,00 euros. 
• MANTENIMIENTO: “Hogar del Pensionista”. Presupuesto: …….. 4.475,00 euros. 
• PROGRAMAS: “Hogar del Pensionista”. Presupuesto: ……………4.660,00 euros. 
Tercero .- Solicitar a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social las siguientes subvenciones: 
• REFORMA: “Hogar del Pensionista”. Presupuesto: ……………. 27.019,79 euros. 
• EQUIPAMIENTO: “Hogar del Pensionista”. Presupuesto: ……….. 328,50 euros. 
• MANTENIMIENTO: “Hogar del Pensionista”. Presupuesto: …….. 4.000,00 euros. 
• PROGRAMAS: “Hogar del Pensionista”. Presupuesto: ……………3.060,00 euros. 
Cuarto .- Compromiso de aportar el resto de la inversión, o en su caso, la parte que no resulte subvencionable. 
Quinto .- Comprometerse al cumplimiento de las demás obligaciones establecidas en la Orden reguladora y demás normativa de aplicación. 
ASUNTO 11º.- S OLICITUD SUBVENCIÓN DE LA CONSEJERÍA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES: PRIMERA INFANCIA.
Dada cuenta de la Orden de 15 de febrero de 2007, de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social (BOJA núm. 53, de 15-03-2007), por la que se regulan y convocan subvenciones en el ámbito de la Consejería para el año 2007. 
Vistas y examinadas la Memorias elaborada sobre las necesidades prioritarias que se pretenden llevar a cabo y de los objetivos que se proyectan, la cual consta en el expediente. 
El Pleno de la Corporación, por unanimidad de los ocho Concejales presentes de los nueve que legalmente lo componen, ACUERDA: 
Primero .- Acogerse a los beneficios establecidos por la Orden de 15 de febrero de 2007, de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social (BOJA núm. 53, de 15-03-2007), por la que se regulan y convocan subvenciones en el ámbito de la Consejería para el año 2007. 
Segundo .- Aprobar las siguientes Memorias-Presupuestos: 
• EQUIPAMIENTO: “Del Centro de Educación Infantil Municipal “ACUARELA””. Presupuesto: …………….. 3.611,80 euros. 
Tercero .- Solicitar a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social las siguientes subvenciones: 
• EQUIPAMIENTO: “Del Centro de Educación Infantil Municipal “ACUARELA””:…………………………… 3.250,62 euros. 
Cuarto .- Compromiso de aportar el resto de la inversión, o en su caso, la parte que no resulte subvencionable. 
Quinto .- Comprometerse al cumplimiento de las demás obligaciones establecidas en la Orden reguladora y demás normativa de aplicación. 
ASUNTO 12º.- APROBACIÓN PROPUESTA DEL DOCUMENTO MARCO DEL “PACTO LOCAL POR LA SOSTENIBILIDAD” Y DE INTEGRACIÓN EN LA “RED GRANADINA DE MUNICIPIOS POR LA SOSTENIBILIDAD”.- 
Por el Concejal de Medio Ambiente, Sr. Fuentes Gómez, se da cuenta del Documento Marco “Pacto Local por la Sostenibilidad”, señalando que éste asume todos los principios de la Cumbre de Río de Janeiro de 1992, sobre el Medio Ambiente y de la Primera Conferencia de Ciudades y Pueblos Sostenibles en Aalborg (Dinamarca), que posteriormente tuvo prolongación en tres conferencias más, como la celebrada en Lisboa, (1996), en Hannover (2000) y Aalborg+10 (2004), y que parte del convencimiento de que el medio ambiente y el territorio deben ser los ejes transversales de cualquier política pública, en especial la preservación de los valores y recursos naturales, como ya viene expresado en el Plan Estratégico Provincial; de forma que los retos y objetivos de las futuras estrategias municipales deben elaborarse sobre la base del diálogo y la cooperación institucional, contando con los gobiernos locales, desde su proximidad al ciudadano, para mejorar la calidad de vida de los pueblos y ciudades de Granada. 
Señala que este Pacto servirá, igualmente, para apoyar las estrategias de medio ambiente que están siendo desarrolladas desde las entidades locales, posibilitando la extensión al ámbito supramunicipal, e incluso provincial, en aras de alcanzar la consecución de los objetivos del desarrollo sostenible y el necesario equilibrio territorial entre los municipios, como paso previo a plantear un desarrollo sostenible en la provincia, a través de la solidaridad intermunicipal y la cooperación entre todos ellos. 
Argumenta que en este Pacto Local por la Sostenibilidad, las entidades locales de la provincia de Granada se suman desde la acción local al pensamiento y acción global por el desarrollo sostenible y declaran que para seguir escalando cotas hacia esta meta, se debe apostar por seguir trabajando en la línea de rigor, consenso político y social, cooperación, colaboración y coordinación entre agentes locales y Administraciones, concertación y participación de todos los municipios de la provincia y que ello forme parte fundamental de su estrategia de gobierno. 
Termina diciendo que la finalidad del presente Pacto Local por la Sostenibilidad , basado en los principios de la Carta de Aalborg, es favorecer el desarrollo e implantación de Agendas 21 Locales en los municipios de Granada y la creación de la Red Granadina de Municipios hacia la Sostenibilidad. 
En base a ello propone que se apruebe este Protocolo General “Pacto Local por la Sostenibilidad” así como la adhesión de nuestro municipio a la Red Granadina de Municipios hacia la Sostenibilidad. 
En su virtud, el Pleno de la Corporación, por unanimidad de los ocho concejales presentes de los nueve que legalmente lo componen, ACUERDA: 
Primero.- Aprobar el Protocolo General “Pacto Local por la sostenibilidad”. 
Segundo.- Suscribir los compromisos Aalborg+10, Inspiración para el Futuro, y asumir los pronunciamientos y obligaciones que la misma supone. 
Tercero.- Adherirse a la “Red Granadina de Municipios hacia la Sostenibilidad”, aceptando todas y cada una de las bases del Protocolo General. 
Cuarto.- Trasladar este acuerdo a la Diputación de Granada. 
ASUNTO 13º.- CONCESIÓN DE LICENCIAS URBANÍSTICAS.
Dada cuenta del expediente núm. 16/2007 y 18/2007, incoado para la ejecución de obra nueva, para su aprobación, si procede, por este Ayuntamiento Pleno. 
Vistos los artículos 1, 8 y 9 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales; 169, 171 y 172 de la Ley 7/2.002, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) (B.O.J.A. núm. 154, de 31-12-2.002); artículo 1 del Reglamento de Disciplina Urbanística, de aplicación supletoria conforme a lo dispuesto por la Disposición Transitoria Novena de la LOUA; Decreto de delegación de atribuciones del Alcalde, de fecha 9 de noviembre de 1999 , cuya competencia le viene dada por los artículos 21.1 q) de la Ley 7/1.985, de 2 de abril; 24 e) del Real Decreto Legislativo 781/1.986, de 18 de abril; y 41 apartado 9 del R.O.F., aprobado por Real Decreto 2.568/1.986, de 28 de noviembre; así como el artículo 42 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de lo dispuesto por el PGOU de Villanueva Mesía y las Ordenanzas Fiscales Reguladoras sobre el Impuesto sobre Construcción, Instalaciones y Obras y concesión de Licencias Urbanísticas. 
Vistos los informes técnico y jurídico expedidos por el Arquitecto Técnico Municipal y el Secretario-Interventor de la Corporación, respectivamente, que constan en cada expediente. 
El Pleno de la Corporación, actuando con facultades delgadas, por unanimidad, ACUERDA: 
Primero.- Conceder licencia urbanística a los siguientes solicitantes, en los domicilios que a continuación se indican:
Núm. Exp.
Nombre y Apellidos
Tipo de obra
Domicilio/ Emplazamiento
Presupuesto /€uros
16/2007
Elia Mª Guerrero Cano
Rehabilitación vivienda. RA2006
Nueva, núm. 17
13.865,07
18/2007
Antonio Ropero Morales
Rehabilitación vivienda. RA2005
Málaga, núm. 2
10.000,00
Segundo.- Aprobar las siguientes liquidaciones provisionales del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (2,80 % sobre el presupuesto), conforme a la Ordenanza Fiscal Reguladora y de la Tasa de concesión de Licencia Urbanística (0,20 % sobre el presupuesto), que deberá ingresarse en la Tesorería Municipal en los plazos fijados por el art. 62 de la Ley 58/2003, de17 de diciembre, General Tributaria ( Las liquidaciones notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, han de pagarse desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Las liquidaciones notificadas entre los días 16 y último de cada mes, han de pagarse desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente). Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario sin haber satisfecho la deuda, se procederá al cobro por vía de apremio, con los recargos que correspondan del importe de la deuda, más los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Núm. Exp.
Nombre y Apellidos
I.C.I.O./euros 2,80%
Tasa/euros 0,20 %
Total a ingresar/ €uros
16/2007
Elia Mª Guerrero Cano
388,22
27,73
415,95
18/2007
Antonio Ropero Morales
280,00
20,00
300,00
Tercero .- Notificar, en legal forma, el presente acuerdo dándole traslado de los recursos pertinentes. 
ASUNTO 14º.- RUEGOS Y PREGUNTAS.- 
Por el Sr. Verdejo Cobos se formulan los siguientes ruegos y preguntas: 
1.- Que el arriate de aquellos árboles que se han arrancado para ser sustituidos por otros se adecente. 
El Sr. Alcalde le contesta que se está en ello y que su celeridad depende de los numerosos frentes que el personal de mantenimiento tiene diariamente. 
2.- Por qué se ha dejado de cubrir con chinos los arriates de los árboles. 
El Concejal de Medio Ambiente, Sr. Fuentes Gómez, le contesta porque la solución emprendida el año pasado de cubrirlo con un plástico especial y chinos para mantener la humedad y evitar que la hierba crezca, no ha funcionado plenamente, porque el plástico se ha roto en algunos huecos permitiendo que las hierbas broten; añade que se mantendrá lo que está funcionando y el resto se tratará con productos para que la hierba no crezca. 
3. Plantea que se debería solicitar una parada de autobús en la zona norte del pueblo, a la altura del tramo final de la Avda. de Andalucía, aproximadamente, porque, al parecer, los mismos conductores de autocares de las empresas concesionarias de este servicio han comentado su viabilidad si el Ayuntamiento lo solicita. 
El Sr. Alcalde toma nota de ello para solicitarlo en forma. 
4. En relación con el proyecto técnico de ejecución de línea subterránea eléctrica de media tensión y centro de transformación interior de 630 kva., en calle Picasso, para dar suministro a tres bloques de viviendas y locales en calle Lope de Vega y solares resultantes de la ordenación urbanística en Plaza del Cine, el Sr. Verdejo solicita la adopción de medidas porque en algunos tramos se han dejado restos de obra sin retirar; porque hay arquetas sin señalizar; y porque el asfaltado ha sido defectuoso. 
El Sr. Alcalde le contesta que recientemente ha mantenido una reunión con los promotores para trasladarles las distintas deficiencias detectadas (imbornales, acerado, arquetas con distintos niveles…) y de aquellas que, en breve, van a salir, por defectos de ejecución (asfaltado), para que sean subsanas a la mayor brevedad. Comenta que los promotores lo reconocieron y se comprometieron en trasladarlo al contratista para solucionarlo. 
5. Pide que se aclare el rumor existente de que a los adjudicatarios de la “barra-bar” de la jornada de “24 horas de fútbol sala” se les ha descontado una cantidad igual a la satisfecha por los promotores de la “caseta de la juventud” autorizada para esa día. 
EL Sr. Alcalde le contesta que dicha caseta se instaló sin autorización municipal y a sus promotores se les ordenó que no podían ponerla en funcionamiento. 
Como lo tenían todo montado, continúa diciendo, les invitó a que se pusieran de acuerdo con el adjudicatario de la instalación, advirtiéndoles que para esta ocasión y sin que sirviera de precedente. 
Comenta que al final hubo acuerdo, pero que desconoce su contenido, afirmando que el adjudicatario abonó al Ayuntamiento el precio íntegro de la adjudicación y negando el haberle cobrado cantidad alguna a los promotores de la caseta de la juventud. 
6. El Sr. Verdejo solicita información, si se tienen lo datos o en la siguiente sesión, sobre lo que va gastado, al día de hoy, en la construcción del Pabellón Cubierto”. 
El Sr. Alcalde le contesta que le dará la información solicitada cuando disponga de datos. 
7. Pregunta si se ha convocado licitación para la electrificación del Pabellón del Cubierto, a tenor lo presupuestado. 
El Sr. Alcalde le contesta que se va a contratar mediante procedimiento negociado sin publicidad por no rebasar los límites que la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas señala para el concurso o subasta. 
8. Por qué no se han eliminado los badenes de las cocheras de la calle Nueva en su reciente reparación. 
El Sr. Alcalde le contesta que se ha dejado provisionalmente porque, próximamente, se va a asfaltar. 
9. EL Sr. Verdejo solicita información del grado de aceptación del “aula matinal”, preferentemente en éstas fechas de campaña del espárrago. 
El Sr. Alcalde le contesta que no tiene los datos del mes de marzo, si bien, en los meses anteriores, la asistencia media ha oscilado entre siete u ocho niñ@s/mes. 
10. Asimismo ruega la adopción de medidas para que los pasos elevados no obstruyan el curso del agua cuado llueve, formando pequeñas lagunas. 
El Sr. Alcalde toma nota de ello. 
11. El Sr. Verdejo le expresa al Sr. Alcalde su queja y protesta por no haber invitado a los Concejales de su grupo al acto de colocación de la primera piedra de la obra de “reparación y ensanche de la carretera que une Villanueva Mesía con la A-92” y que tuvo lugar el lunes 26 de marzo pasado y sí a determinados colectivos de la localidad, cuando ellos representan a una parte de la población. 
El Sr. Alcalde le contesta que él se enteró la misma mañana del día 26, tras haberse anunciado y suspendido en fecha anteriores, y precipitadamente pudo invitar a determinados colectivos. Que también pensó en los dos concejales del PSA, pero interpretó que no iban a asistir por las circunstancias en las que se encontraban ambos en ese momento: el Sr. Márquez Naranjo trabajando en Málaga y el Sr. Verdejo con su madre en el Hospital (Granada). Insiste en que no hubo intención alguna de que no asistieran y que ese es el único motivo; que pide disculpas si les ha molestado su interpretación subjetiva de las circunstancias que rodeaban a ambos en ese momento. 
El Sr. Verdejo manifiesta que le vale la explicación dada por el Alcalde. 

Siendo los asuntos tratados el objeto de esta Sesión, por la Presidencia se levantó la misma a las veintiuna horas y quince minutos, de todo lo cual se extiende la presente acta, de lo que, como Secretario, Certifico.- 

Villanueva Mesía, 18 de abril de 2007.-

Vº Bº

EL ALCALDE

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